SOCIALES Y JURÍDICAS

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06/03/2019

El peligro de sufrir discriminación por el uso del Big Data en el mundo laboral

Adrián Todolí, investigador de la Facultad de Derecho de la UV, señala la necesidad de una gobernanza colectiva o participación de los sindicatos en la negociación de las condiciones laborales en materia de protección de datos.



AUTOR: UV

todoliSu investigación se ha publicado en la Revista de Derecho Social y apuesta por regular las desigualdades que puede provocar el procesamiento masivo de datos por parte de las empresas.

 

Como consecuencia del avance de la tecnología, las empresas pueden acceder a informaciones sensibles como opiniones políticas, sexo, orientación sexual o religión a partir de estadísticas basadas en el lugar de residencia, consumo de información y reputación en línea. Según Adrián Todolí, el procesamiento de estos datos por parte de algoritmos puede crear desigualdades.

 

Por ejemplo, menciona la selección de personas de los consejos de administración en empresas del IBEX 35. Como actualmente 9 de cada 10 de estos puestos de trabajo están ocupados por hombres, es “más probable” que el algoritmo considere que un hombre encaja mejor que una mujer, porque así lo “confirman” estadísticamente los datos, entre otros ejemplos.

 

Adrián Todolí, también profesor ayudante doctor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y codirector de la Cátedra de Economía Colaborativa y Transformación Digital de la Universitat de València (UV), destaca que el desarrollo de la tecnología de procesamiento de datos y las posibilidades del Big Data y su aplicación en la toma de decisiones empresariales suponen un complejo paradigma en las relaciones laborales.

 

Estas decisiones —más o menos automatizadas— van desde la filtración de candidaturas en los procesos de selección hasta el despido, pasando por el ascenso o el aumento de sueldo.

 

De acuerdo con Todolí, existe una creciente preocupación en que el tratamiento de datos y la toma de decisiones por parte de un algoritmo en sustitución del humano, pueda finalizar en una discriminación que vulnere derechos fundamentales.

 

La gobernanza colectiva implica completar la legislación actual en materia de protección de datos con la figura de los representantes del personal empleado o sindicatos para negociar las salvaguardas en el tratamiento de datos y evitar la indefensión del individuo frente a las decisiones basadas en el procesamiento de información por parte de algoritmos, o directamente tomadas por éstos.

 

Además, para evitar estas posibles discriminaciones debe existir un derecho a una explicación. Es decir, partiendo de que es posible que la tecnología acceda a informaciones sensibles y tome decisiones automáticas a partir de éstas, la persona empleada debe conocer cómo y por qué se ha tomado la decisión para poder oponerse o alegar lo que considere oportuno.

 

Según Todolí, la regulación existente sobre protección de datos tiene un carácter fundamentalmente individualista que deja al trabajador o la trabajadora en una situación de indefensión frente a la empresa y permite al empresariado regular las salvaguardas de protección de datos unilateralmente.

 

La propuesta de una gobernanza colectiva permitiría fiscalizar conjuntamente con los representantes del personal empleado el uso de los datos desde una posición más privilegiada.


DESTACAMOS

Referencia bibliográfica

 

Adrián Todolí Signes: La Gobernanza colectiva de la protección de datos en las relaciones laborales: Big Data, creación de perfiles, decisiones empresariales automatizadas y los derechos colectivos. Revista de Derecho Social. N.º 84, 2018, págs. 69-88. 



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