08/03/2016

Una tesis cuestiona los principios del Derecho de Marcas

En la tesis doctoral que ha defendido en la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir (UCV), Ignacio Alamar ha abordado el estudio de aquellos supuestos del Derecho de Marcas que constituyen excepciones admitidas por la Ley de Marcas al sistema registral del nacimiento del derecho.  



AUTOR: UCV

El abogado Ignacio Alamar, en su despacho de Valencia.En concreto, algunas categorías de marcas como la marca notoria o la marca renombrada y otros supuestos más novedosos de vulneración de derechos como la dilución, el parasitismo o el recuerdo de la marca histórica.

 

El estudio doctrinal del Derecho de Marcas se asienta sobre los principios de inscripción y de especialidad como garantes de la seguridad jurídica y del tráfico mercantil. Alamar afirma que dichos principios deben ser cuestionados: “La marca es, ante todo, una realidad material, fruto de un momento de inspiración o de un tiempo de trabajo y reflexión. Estos principios no encierran la totalidad de la vida de las marcas en el mercado, donde concurren determinados signos no inscritos que deben ser protegidos como una mera cuestión de justicia material”.

 

La misma reflexión hace Alamar respecto de las funciones que tradicionalmente se han atribuido a la marca. El nuevo doctor considera que, en mayor o menor medida, éstas se encuentran “en plena crisis” en cuanto a su significación y relevancia, como consecuencia de la revolucionaria transformación que ha venido experimentando el mercado y sus operadores durante las últimas décadas.

 

“Cuestionamos que la función primordial que cumple la marca sea la de acreditar el origen empresarial o profesional del producto o del servicio y postulamos que, únicamente, la función de identificación es consustancial a toda marca, debiendo prevalecer frente a la función de diferenciación y frente a las demás funciones -incluida la de procedencia- que deben tener la mera consideración de accesorias”, expone el jurista valenciano, incluido en el directorio Best Lawyers 2016.

 

En su tesis, Alamar, ha incorporado al estudio de las distintas funciones que puede cumplir la marca la de “función ornamental”. Ésta tiene lugar cuando el uso que se hace de la misma no tiene como finalidad distinguir el producto o el servicio que propiamente identifica sino realizar un “uso decorativo o de reclamo publicitario” específicamente a través de utensilios de marketing o de elementos arquitectónicos.

 

La tesis de Alamar, dirigida por el abogado José Vicente Morote, ha contado en la defensa de la misma con un tribunal compuesto por Vicente Garrido, de la Universidad Católica de Valencia, que ha actuado como presidente; Ramón Morral, de la Universitat Autónoma de Barcelona, que ha detentado el cargo de secretario del tribunal; y Tomás Vázquez, de la Universitat de València. 





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