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10/10/2013

Elena Martínez García, Profesora Titular de Derecho Procesal de la Universitat de València

«Los jueces encontrarán menos fronteras en la UE para luchar contra el crimen organizado o el maltrato de las mujeres»

Elena Martínez comenzó su investigación estudiando fórmulas de resolución de conflictos como el arbitraje y la mediación, temas que todavía simultanea con otros objetos de estudio cuyo enfoque tenga de alguna forma utilidad y compromiso social. Se dio cuenta de que desde la perspectiva del Derecho Procesal podía aportar mucho a aquellas personas que parten de una situación de debilidad, concretamente el consumidor, la mujer maltratada y la persona investigada en un proceso penal. El Parlamento Europeo está concentrando sus esfuerzos justamente ahora en ampliar la protección de estos tres colectivos del ámbito nacional al comunitario. La profesora Martínez colabora con investigadores de toda la UE para contribuir con sus estudios a allanar el camino a los jueces en la implantación de la nueva regulación transfronteriza y, en definitiva, proteger mejor los derechos de los ciudadanos europeos.



AUTOR: RUVID

¿En qué trabaja la UE para ampliar la protección de los consumidores?
En regular acciones colectivas europeas. Es un gran avance para la protección de los derechos de los consumidores para hacer frente a multinacionales o litigar contra una persona o empresa abusadora en otro país, por ejemplo. En España recientemente hemos sido testigos del poder de una acción colectiva, se trata del litigio contra determinados bancos por la cláusula suelo que incluían en algunas hipotecas. Gracias al trabajo de asociaciones de consumidores se logró condenar a esos bancos y han tenido que eliminar la cláusula abusiva. En casos como estos, individualmente no solemos emprender acciones legales por el coste y esfuerzo que suponen, pero unidos cientos o miles de consumidores tenemos muchísima fuerza. Hasta ahora las acciones colectivas se han restringido al territorio nacional, lo que se pretende con la nueva legislación europea que se está gestando es ofrecer la posibilidad de integrar a otros ciudadanos europeos afectados por un abuso.


¿Cómo funcionará esa acción a nivel europeo?
En el marco de la red noruega de investigación NOS (Joint Committee for Nordic Research Councils for the Humanities and the Social Sciences) he analizado cómo se regulan las acciones colectivas por la UE y la posición de España en este nuevo marco legal comunitario. En breve enviaremos a los organismos públicos una obra colectiva con los resultados de todos los países estudiados para que lo tengan en consideración. La acción se iniciaría cuando las asociaciones de consumidores y usuarios tengan noticias de que un número relevante de ciudadanos europeos se ha visto afectado por un fraude, por ejemplo, una publicidad ilícita de una gran compañía telefónica. Una asociación española lideraría la demanda y lo comunicaría a sus homólogas en el resto de Europa para agregar a todas aquellas otras personas que también han sufrido el abuso. El objetivo es litigar conjuntamente para que se retire la campaña publicitaria, para que se resuelvan los contratos firmados y, finalmente, para que se indemnice a los afectados.


Otra de sus líneas de trabajo son los actos de investigación transnacionales, ¿en qué consisten?
Los actos de investigación en el proceso penal son, pongamos por caso, una entrada y registro de un piso o un pinchazo de las comunicaciones telefónicas que realiza el juez o la policía. En unos seis meses se aprobará una directiva – llamada Orden de Investigación Europea– por la cual un juez en Alemania va a poder pedir a un juez español que realice un pinchazo telefónico para su caso. Es decir, será un instrumento europeo por el cual hay un reconocimiento mutuo de las decisiones y la orden tendrá la misma eficacia como si proviniera de otro juez español. Se trata de una herramienta esencial para la lucha contra la criminalidad organizada transnacional como tráfico de mujeres, de órganos, droga o delitos por Internet donde la policía encuentra muchas fronteras para actuar, al contrario que el criminal. Será de difícil aplicación pero es una directiva muy necesaria.


¿En qué proyectos de I+D participa en este ámbito?
Precisamente acabo de finalizar una estancia de seis meses en la Universidad de Múnich gracias a una beca de la Fundación Alexander von Humboldt para investigar Aspectos transnacionales del Derecho de prueba en la Unión Europea. El trabajo ha consistido en un estudio comparado de actos de investigación realizados conforme a la legislación alemana y a la española para comprobar el grado de compatibilidad que hay entre ambas con el fin de poder intuir qué pasará cuando se apruebe la directiva citada. Es esencial saber cómo funcionan los diferentes sistemas para que tengan validez las pruebas recogidas en el otro país y una persona culpable reciba su castigo siempre por el camino de la legalidad y el respeto de los derechos fundamentales.


Parece un gran paso. ¿Será posible implantar la directiva dadas las diferencias entre países?
Es un gran reto pero creo que es factible. Es cierto que queda un gran trabajo por delante porque hacen falta muchos estudios en este sentido, dirigidos a conocer a nuestros ordenamientos vecinos, pero dicho esto, hay mucha voluntad por parte de los Estados miembro y de los jueces, aunque es verdad que algunos países tienen más interés que otros. Luego, hay organismos en Europa encargados de informar a los jueces de dos países que quieran colaborar. El problema básico es la falta de confianza entre los Estados y esto será esencial para garantizar la colaboración eficaz. Para combatir los problemas necesitamos más Europa que se traduce en más confianza y en la cesión de mayor soberanía.

 

Abordando ahora otro de sus ámbitos de investigación, la violencia de género, ¿qué aportará la Orden Europea de Protección de víctimas?
Se entiende con un caso real: una estudiante española se acaba de ir a Suecia de Erasmus pero se siente indefensa porque allí no sirve la orden de protección contra su maltratador. Con la trasposición de la Orden Europea de Protección a las legislaciones nacionales, esto ya no ocurrirá porque el documento tendrá validez en toda la UE y los jueces de aquel país tendrán que poner los medios para protegerla. En este momento lidero un proyecto del Ministerio de Economía y Competitividad sobre este instrumento. Vamos a enviar preguntas desde los diferentes ámbitos del derecho procesal, administrativo y policial, a jueces y magistrados de España, Suecia, Alemania, Polonia, Italia, Francia y Reino Unido. El objetivo es obtener una relación de problemas y posibles soluciones que se darían entre estados cuando reciban una orden de protección de otro país. En el mes de mayo expondremos las conclusiones en un congreso internacional en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial y el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia y publicaremos un libro blanco. Nos adelantamos de este modo a los legisladores que tienen hasta principios de 2015 para adaptar sus legislaciones nacionales.


La Orden Europea de Protección, por otra parte, obligará a desarrollar una legislación en materia de violencia de género a todos aquellos Estados que aún no la tengan. Al entrar un instrumento obligatorio vía europea, los países que todavía niegan la existencia de maltrato contra la mujer en su territorio tendrán que regularlo y eso dará paso a la posibilidad de denunciar y a la elaboración de estadísticas. Es la única manera de homogeneizar la situación en la UE, dentro de lo posible, teniendo en cuenta nuestras diferencias.


¿En qué situación se encuentra España con respecto a la aplicación de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, aprobada en 2004?
España ha sido abanderada en el tema de la protección de la mujer que ha sufrido violencia por parte de su pareja. Muchos países han pedido que contemos cómo lo hemos conseguido; incluso el Reino Unido ha incorporado ciertos aspectos a su legislación. Nuestra ley se aprobó por unanimidad en el Parlamento – algo poco habitual –, declaraba por primera vez que la violencia de género era un asunto de la esfera pública, y puso una increíble cantidad de medios a disposición de los aplicadores de la ley. Lamentablemente, ha encontrado muchas reticencias en el camino, incluso por parte de algunos jueces que, de alguna forma, argumentan que la ley favorece demasiado a la mujer y que el género no debiera estar en el código penal, sin observar que lo que se ha introducido es el principio de igualdad.


Además, en el momento actual se ha recortado en programas de prevención y los juzgados disponen de menos medios materiales y personales para atender estos problemas. Debido a la crisis económica, las víctimas tienen miedo a quedarse en la calle y desciende el número de denuncias. A esto se suma la Ley de Tasas Judiciales que atenta contra el principio de igualdad.


¿Qué aspectos estudia de la violencia de género?
Como miembro del grupo MEDARB de la Universitat de València, participo en el proyecto liderado por Silvia Barona sobre arbitraje y mediación Piezas esenciales en el modelo de Justicia en el siglo XXI donde analizo la mediación en el proceso penal en concreto en la violencia de género. La mediación es una negociación entre partes en igualdad de condiciones que, con ayuda de un tercero, resuelven el conflicto y llegan a una solución aceptada por ambos sin tener que acudir al juzgado. El problema es que en la violencia de género partimos de la desigualdad y por este motivo está prohibida la mediación. Sin embargo, están surgiendo determinadas voces que piensan que con el tiempo, una vez se interiorice la idea de la igualdad en nuestra sociedad, se podrá distinguir entre víctimas porque algunas sí serán capaces de sentarse a negociar porque al primer golpe han denunciado. La negociación no es para reconciliarse sino para restablecer pacíficamente sus vidas.


La tutela judicial contra la violencia de género es mi línea de investigación más extensa. He liderado varios proyectos de investigación y por mi trabajo recibí el Premio IDEA de la Fundación Ciudad de las Artes y las Ciencias de la Generalitat Valenciana. En el marco de esta línea dirijo el Centro de estudios multidisciplinares en Violencia de Género y el Máster Universitario en Derecho y Violencia de Género. Se trata de un curso especializado dirigido a todos los aplicadores de la ley ante un acto de violencia de género: policías, jueces y abogados. Es esencial una formación adecuada porque, aunque este delito en apariencia es sencillo – sabemos quién maltrata a quién y los motivos –, en realidad es tremendamente difícil de resolver por el lazo afectivo que existe entre víctima y maltratador. Actuamos con juzgados, con el Centro Penitenciario de Picassent y con el Punto de Encuentro Familiar y hemos firmado convenios con instituciones implicadas como el Consejo General del Poder Judicial, el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia y ahora también con la Policía Local.


¿Estudian los efectos de la actuación de los medios de comunicación ante noticias de violencia de género?
En el grupo investigador hay dos personas dedicadas a estudiar el papel de los medios de comunicación a la hora de sensibilizar y prevenir actos de violencia de género porque, si no se dan bien las noticias, pueden llevar a que se multipliquen los casos porque esas personas buscan protagonismo, respaldo social. Actualmente existen dos posturas opuestas, quienes están a favor y quienes están en contra de la regulación de los medios. Desde nuestro punto de vista creemos que se debería crear un protocolo de actuación para evitar crear alarma social, tratar el tema con rigor y no victimizar a la víctima. Como en el caso de los suicidios, hay que evitar crear un efecto llamada. De hecho, en un trabajo realizado por nuestro grupo, observamos que existen muchas posibilidades de que se repita el modus operandi de un delito de violencia de género publicado en prensa. Necesitamos una regulación y un compromiso por parte de los medios.
 


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